Una vez más, nos hemos visto obligados a realizar una nueva aportación para que se reconozca,
atendiendo a la legalidad vigente, toda la esencia, motivación y actos de la SUBIDA A LA ENCOMIENDA, a través de un recurso, pues el Ayuntamiento de Alfambra no ha aportado toda la información publicada al efecto, entendiendo como actos importantes únicamente los que se han desarrollado en los últimos tres años, por lo que esta declaración no se ajustaba a derecho y hubiera sido necesario retirarla, pues los citados actos deben tener una antiguedad mínima en su representación de al menos 8 años y no 3 como en el caso de la Leyenda de la enterrada viva. ACUERDO PRIMERO, estimar parcialmente el recurso de reposición presentado
por D. Juan
José Barragán, y en consecuencia modificar la Orden de
l0 de julio
de 2014 en el sentido siguiente:
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Donde se
afirma:
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"Visto que en la documentación remitida
por el Ayuntamiento queda
acreditado
que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el
artículo 3
del Decreto295/2005, 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por
el que se
regulan las Declaraciones de lnterés Turístico de Aragón, para ser
declarada
Fiesta de lnterés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo popular,
manifestación
de la tradición de la localidad que rememora la Leyenda de la
Enterrada Viva
que tuvo lugar en la denominada Encomienda de Alfambra
y que se
remonta al siglo XV.
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Las Asociaciones Culturales de la
localidad, en colaboración con el
Ayuntamiento
y demás entidades y personas vinculadas al municipio llevan a
cabo la
organización de la fiesta, con participación activa de la población, cuyo
acto
central es la representación teatral de la Leyenda mencionada junto con
otros actos
destacados como la lectura del Romance de la Enterrada Viva, el
nombramiento
del Maestre, los desfiles militares y la ordenación de Caballeros y
Damas,
entre otros, que generan un significativo incremento del número de
turistas
que asisten a la localidad con motivo de la fiesta.",
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Debe decir:
"Visto que en la documentación
remitida por el Ayuntamiento queda
acreditado
que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el
artículo 3
del Decreto295/2005, 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por
el que se
regulan las Declaraciones de Interés Turístico de Aragón, para ser
declarada
Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo
popular,
manifestación de la tradición de la localidad, que rememora la historia y
tradición
medieval de la villa de Alfambra.
Las Asociaciones Culturales de la
localidad, en colaboración con el
Ayuntamiento
y demás entidades y personas vinculadas al municipio llevan a
cabo la
organización de la fiesta, con participación activa de la población, cuyo
acto
central es la representación teatral de la Leyenda mencionada junto con
otros actos
destacados como la subida a la encomienda o castillo recreando
con
antorchas la forma que tuvo, la lectura del Romance de la Enterrada Viva, el
nombramiento
del Maestre, los desfiles militares y la ordenación de Caballeros y
Damas,
entre otros, que generan un significativo incremento del número de
turistas
que asisten a la localidad con motivo de la fiesta.".
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